
Estas son las prohibiciones para que los servidores públicos no incurran en indebida participación en política



El Procurador General de la Nación, Gregorio Eljach Pacheco, expidió la Directiva 013 del 28 de agosto de 2025, con el objetivo de delimitar la participación en política de los servidores públicos y particulares que desempeñan funciones públicas. La medida se adopta de cara a las elecciones para el Congreso de la República, Presidencia y Vicepresidencia, programadas para el 8 de marzo y el 31 de mayo de 2026, respectivamente, con una posible segunda vuelta el 21 de junio de ese año. La directiva busca garantizar la neutralidad y equidad del proceso electoral, estableciendo una serie de prohibiciones.
Entre las conductas vetadas se encuentran: utilizar el cargo para participar en actividades de partidos políticos; presionar a subalternos o particulares para respaldar campañas; usar recursos públicos, tiempo de servicio o información reservada con fines proselitistas; y difundir propaganda electoral. También se prohíbe ofrecer beneficios desde la administración pública para influir en la intención de voto, autorizar el uso de bienes públicos para actividades proselitistas y destinar recursos públicos para dichos fines, salvo las excepciones contempladas en la ley. El Procurador Eljach advirtió que el incumplimiento de estas normas constituye una falta disciplinaria grave, que puede acarrear la máxima sanción prevista en el Código Disciplinario: la destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos.
Si bien los funcionarios conservan su derecho a afiliarse a partidos y a votar, su participación activa en controversias políticas está restringida.
Adicionalmente, la Procuraduría anunció la creación de una segunda delegada electoral para apoyar la vigilancia en las regiones. Finalmente, la entidad hizo un llamado a la ciudadanía para que ejerza control social y denuncie cualquier irregularidad que observe, presentando los soportes correspondientes ante las autoridades competentes.
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