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Revés judicial para Reficar: se reactiva cobro de $1,3 billones de la DIAN y aumenta el riesgo de embargo

El Tribunal Superior de Cartagena ha revocado un fallo de tutela que suspendía el cobro de 1,3 billones de pesos a la Refinería de Cartagena (Reficar) por parte de la DIAN. Esta decisión reactiva la disputa tributaria y deja a la compañía expuesta a un posible embargo de sus cuentas por el no pago del IVA en la importación de combustibles.
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El Tribunal Superior de Cartagena revocó una decisión de primera instancia que, a través de una acción de tutela, había amparado a la Refinería de Cartagena (Reficar) y suspendido temporalmente el cobro de 1,3 billones de pesos que le exige la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Con este nuevo fallo, la refinería queda nuevamente expuesta a medidas de cobro coactivo, como embargos, por parte de la autoridad tributaria. La controversia se centra en la exigencia de la DIAN para que Reficar pague un IVA del 19 % por la importación de combustibles desde zonas francas entre 2022 y 2024. La refinería argumenta que la tarifa aplicable es del 5 % o que no debería realizarse el cobro, ya que el Ministerio de Minas no ha establecido la base gravable correspondiente. Inicialmente, el Juzgado Segundo de Familia de Cartagena había concedido la tutela a Reficar al considerar que existía un perjuicio irremediable, ordenando a la DIAN abstenerse de ejecutar cobros hasta que la jurisdicción contencioso-administrativa resolviera el fondo del asunto. Sin embargo, el Tribunal Superior, al resolver la impugnación de la DIAN, determinó que la tutela no es el mecanismo idóneo para controvertir actos administrativos de carácter tributario, los cuales gozan de presunción de legalidad. Sostuvo que Reficar cuenta con otros medios de control, como la nulidad simple, donde puede solicitar medidas cautelares para suspender el cobro. El tribunal añadió que no se acreditó un perjuicio irremediable, ya que la DIAN no ha iniciado formalmente un proceso de cobro coactivo, por lo que el temor a un eventual embargo no justifica la procedencia de la tutela. Además, desestimó el argumento sobre la afectación a 4.600 trabajadores, indicando que la empresa no tiene la legitimidad para reclamar por derechos de terceros. Tras esta decisión, el caso será remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Mientras tanto, se reactiva la posibilidad de que la DIAN inicie acciones para hacer efectivo el cobro, lo que, según la empresa, podría comprometer sus operaciones y el abastecimiento de combustibles en el país, especialmente en la región Caribe.

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