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Acoplásticos alerta sobre el riesgo de sanciones de la DIAN a empresas por plazos insuficientes para pagar el impuesto a los empaques plásticos

El gremio industrial Acoplásticos ha manifestado una profunda preocupación por la Resolución 000005 de la DIAN, que otorga un plazo de solo tres días a los importadores para declarar y pagar de forma retroactiva el impuesto a los productos contenidos en envases plásticos, generando un alto riesgo de errores y sanciones.
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La Asociación Colombiana de Industrias Plásticas (Acoplásticos) alertó sobre la complejidad y los riesgos que enfrentan las empresas importadoras del país debido a la Resolución 000005, expedida por la DIAN el 9 de febrero de 2026. Dicha norma estableció como fecha límite el viernes 13 de febrero de 2026 para declarar y pagar el Impuesto Nacional sobre Productos Plásticos de un Solo Uso (IPUSUI) correspondiente a las importaciones realizadas desde el 25 de julio de 2025, otorgando un plazo de apenas tres días. Según Daniel Mitchell, presidente de Acoplásticos, esta obligación es retroactiva y altamente técnica, pues exige a las compañías revisar cada una de sus operaciones de importación, identificar si los productos ingresaron en empaques, envases o embalajes plásticos, y calcular el peso en gramos de cada componente. Mitchell calificó la tarea como "casi imposible" de cumplir en un tiempo tan reducido, especialmente para grandes superficies y comercios que manejan cientos de referencias y proveedores.

La medida afecta a todos los sectores productivos, incluyendo alimentos, bebidas, productos de aseo, electrodomésticos, maquinaria e insumos industriales. El origen de esta situación se remonta a la Ley 2277 de 2022 y a la Sentencia C-99/2025 de la Corte Constitucional, que determinó que el impuesto también aplicaba a los productos importados. La obligación entró en vigor el 25 de julio de 2025, pero la DIAN tardó más de seis meses en expedir la reglamentación definitiva, generando un vacío operativo. Aunque la entidad amplió hasta el 31 de marzo de 2026 el plazo para presentar el reporte detallado de las declaraciones de importación, la obligación de liquidar y pagar el tributo se mantuvo para la fecha de febrero. Esta premura, según el gremio, eleva el riesgo de errores involuntarios que podrían derivar en sanciones por inexactitud, intereses moratorios y litigios futuros con la autoridad tributaria. A esta complejidad se suma que aún está pendiente la reglamentación de la certificación de economía circular, prevista en la Ley 2277 desde 2023, la cual permitiría la no causación del impuesto en ciertos casos. Acoplásticos recordó que existen incluso órdenes judiciales, como la del Tribunal Administrativo de Norte de Santander, que instan a su expedición, pero la ausencia de este marco técnico aumenta la incertidumbre jurídica para las empresas.

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