Crisis Carcelaria: La Intervención de la Corte Constitucional para Frenar una Emergencia Sanitaria en Antioquia y Santander



La Sala Especial de Seguimiento al Estado de Cosas Inconstitucional del Sistema Penitenciario de la Corte Constitucional ordenó a las alcaldías de Medellín y Bucaramanga, en coordinación con el INPEC y la USPEC, adoptar medidas inmediatas para contener los brotes de tuberculosis y evitar una crisis sanitaria mayor. La decisión responde a denuncias sobre la vulneración de derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad, quienes enfrentan condiciones que la Corte calificó como inadmisibles. Entre los hallazgos se destacan niveles críticos de hacinamiento, como el de la Estación Norte de Bucaramanga con una sobrepoblación superior al 900 %, y deficiencias estructurales como la falta de agua potable, el deterioro de instalaciones sanitarias y la carencia de atención médica permanente. La Veeduría Ciudadana al Sistema Penitenciario advirtió que la situación podría desencadenar contagios masivos y transformarse en una "epidemia regional con riesgo de pandemia". Se han reportado brotes específicos, como el que afectó a diez mujeres en la cárcel El Pedregal de Medellín y otro que impactó a más de 100 internos en la Cárcel Modelo de Bucaramanga en febrero de 2025. La Corte señaló que los traslados de reclusos entre centros de detención sin aplicar protocolos sanitarios adecuados agravan la propagación de la enfermedad. Para mitigar el riesgo, el alto tribunal ordenó la implementación de un plan sanitario urgente. Este plan debe incluir tamizajes clínicos y bacteriológicos para los nuevos ingresos y personas en contacto estrecho con los contagiados, así como para el personal de custodia y administrativo. Además, se exige establecer zonas de aislamiento respiratorio con ventilación adecuada para casos confirmados o sospechosos y asegurar el suministro ininterrumpido de medicamentos antituberculosos bajo la estrategia de tratamiento directamente observado.
Se prohibieron los traslados entre establecimientos sin un tamizaje previo que certifique la no contagiosidad.
El Ministerio de Salud deberá prestar asistencia técnica y consolidar la información nacional sobre los casos reportados.















