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Colombia implementa la jornada laboral de 42 horas y actualiza salarios en 2026

El panorama laboral en Colombia experimentará transformaciones significativas en 2026, con la entrada en vigencia de la jornada de 42 horas semanales y un nuevo salario mínimo que impacta a todos los trabajadores, incluyendo al personal de servicio doméstico.
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A partir del 15 de julio de 2026, Colombia completará la implementación de la Ley 2101 de 2021 con la reducción definitiva de la jornada laboral a 42 horas semanales. Esta medida, que busca mejorar el equilibrio entre la vida personal y laboral y mitigar riesgos de salud asociados al agotamiento, viene acompañada del ajuste anual del salario mínimo. Para 2026, el salario mínimo se fijó en $1.746.882, al que se suma un auxilio de transporte de $249.095 para un ingreso total mensual cercano a los $2.000.000 para quienes apliquen. Un artículo menciona un salario de $1.750.905 con un auxilio de $149.095. La reducción de la jornada implica un incremento técnico en el valor de la hora ordinaria, que se ha calculado en $8.337 para quienes devengan el mínimo.

Esta ley también trae otros cambios: el recargo nocturno comenzará a las 7:00 p.m.

y se elimina el beneficio del Día de la Familia, aunque este podría mantenerse por acuerdo voluntario entre empleador y trabajador. Como novedad, se introduce un día de descanso remunerado semestral por movilidad sostenible para quienes usen bicicleta para ir al trabajo.

La normativa también habilita jornadas flexibles y turnos sucesivos para que las empresas puedan operar 24 horas sin recargos, siempre que no se superen las 6 horas diarias ni 36 semanales por empleado.

El nuevo salario mínimo impacta directamente la remuneración de las trabajadoras del servicio doméstico. Para quienes laboran por días, el pago mínimo diario se calcula en aproximadamente $66.700, que resulta de la suma del salario diario proporcional (entre $58.229 y $58.364) y el auxilio de transporte diario ($8.437).

Se destaca que este es un valor de referencia y puede ser mayor según las funciones y acuerdos entre las partes. Los empleadores, tanto de empresas como de hogares, tienen la obligación legal de reconocer todas las prestaciones sociales (cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios y vacaciones) y realizar los aportes correspondientes a salud, pensión y riesgos laborales (ARL), incluso si la contratación es por días.

Para adaptarse, se recomienda a las empresas optimizar procesos, flexibilizar turnos, invertir en capital humano y mantener un control financiero estricto sobre las horas laboradas.

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