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Fallo Definitivo en Guatapé: Consejo de Estado Prioriza la Tranquilidad Ciudadana y Ordena el Cese de Helipuertos Turísticos

El Consejo de Estado ha puesto fin a las operaciones de helicópteros turísticos en Guatapé, Antioquia, al ordenar el cierre y traslado de dos helipuertos que vulneraban los derechos colectivos de la comunidad por el exceso de ruido y la violación de normas urbanísticas.
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En una decisión definitiva, el Consejo de Estado ratificó un fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia que protege los derechos colectivos de los habitantes de Guatapé, ordenando la suspensión de las operaciones de helicópteros turísticos en la zona de la Piedra del Peñol. La sentencia concluyó que el ruido constante de las aeronaves vulnera el goce de un ambiente sano, la tranquilidad, la intimidad y la seguridad de los residentes de múltiples veredas, entre ellas La Piedra, Bonilla, Palestina, El Morro, El Trébol y Balcones de San Juan. La medida fue impulsada por una acción popular presentada por más de 1.000 ciudadanos afectados desde 2019.

El alto tribunal determinó que las operaciones aéreas no solo superaban los límites de ruido permitidos, con mediciones de Cornare que alcanzaron picos de hasta 93 decibeles en zonas residenciales donde el máximo es 65, sino que también se realizaban en áreas no autorizadas por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) del municipio y sin las licencias de construcción correspondientes. Las órdenes son específicas y de cumplimiento estricto. Se exige el cese inmediato de actividades del punto de aterrizaje conocido como "La Piedra" y se ordenó a la Aeronáutica Civil suspender cualquier trámite para otorgar su permiso de construcción.

Por otro lado, el helipuerto ubicado en el Hotel Los Recuerdos, operado por Helitours S.A.S.

y Helisur S.A.S., deberá ser trasladado en un plazo máximo de seis meses a una zona que cumpla con la normativa urbanística y ambiental.

Si no se cumple este plazo, será clausurado de manera definitiva.

Mientras se efectúa el traslado, el helipuerto del hotel solo podrá operar en un horario restringido de 1:00 p.m. a 5:00 p.m., bajo la supervisión del alcalde de Guatapé, quien es el responsable de hacer cumplir materialmente la sentencia. Para garantizar la ejecución del fallo, se conformó un comité de verificación con representantes del Tribunal, la comunidad, la Aerocivil, Cornare y las empresas operadoras, el cual deberá presentar informes trimestrales sobre los avances.

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