El alto tribunal, en respuesta a una tutela ciudadana, dictaminó que las intervenciones presidenciales deben ser excepcionales, justificadas por circunstancias urgentes, no recurrentes y limitadas en tiempo y tema.
Según el fallo, desde abril de 2025 se registraron 17 alocuciones con una duración promedio de una hora, lo que afectó el pluralismo informativo al obligar a los canales a interrumpir su programación. La decisión otorga un nuevo poder a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), que ahora deberá verificar el cumplimiento de estos criterios y tendrá la facultad de impedir la transmisión si no se cumplen. La reacción del presidente Petro fue inmediata y contundente, denunciando un intento de silenciarlo.
“Censura y simple censura.
¿Qué miedo a que hable?”, escribió en su cuenta de X, y agregó: “El Consejo de Estado quiere dar su golpe de Estado: censurar al presidente”. Su respuesta escaló al invocar el “Poder Constituyente”. El ministro del Interior, Armando Benedetti, respaldó al presidente, calificando el fallo como un “despropósito” y afirmando que el tribunal no tiene competencia para dictar cómo debe comunicarse el Ejecutivo. Por su parte, el representante del Pacto Histórico, Pedro Suárez, aunque reconoció que el fallo debe acatarse, lo consideró un entorpecimiento a la labor del gobierno de actuar “de cara al pueblo colombiano”.













