La decisión respondió a una demanda que buscaba tumbar la ley, argumentando que vulneraba derechos como la diversidad cultural y la libertad de expresión. Sin embargo, la Corte, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, determinó que la norma se ajusta a la Constitución y que el mandato de protección y bienestar animal prevalece. El presidente Gustavo Petro celebró el fallo, calificándolo como una “posición reivindicatoria de la vida en todas sus formas” y recordó que la lucha por abolir estas prácticas comenzó durante su alcaldía en Bogotá. La senadora Esmeralda Hernández, autora de la ley, lo consideró una “victoria histórica”. Sectores taurinos y gallísticos, por su parte, expresaron su preocupación por el impacto económico y cultural de la medida, mientras que el senador Marcos Daniel Pineda propuso una regulación en lugar de una prohibición absoluta.
Corte Constitucional prohíbe corridas de toros, corralejas y peleas de gallos
En un fallo histórico y unánime, la Corte Constitucional dejó en firme la Ley 2385 de 2024, que prohíbe las corridas de toros, rejoneo, novilladas y becerradas en Colombia. Además, la decisión del alto tribunal fue más allá y extendió la prohibición a otras prácticas con animales como las corralejas, el coleo y las peleas de gallos, al declarar inexequible un parágrafo de la ley que las excluía. La Corte estableció un periodo de transición de tres años para que la prohibición entre en plena vigencia, es decir, a partir de julio de 2027. Durante este tiempo, el Estado deberá implementar procesos de reconversión laboral y cultural para las personas y comunidades que dependen económicamente de estas actividades.



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