El poder judicial ha ejercido su rol de contrapeso al ordenar en dos casos distintos que el presidente Gustavo Petro se retracte de afirmaciones públicas consideradas sin sustento, sentando un precedente sobre los límites de la libertad de expresión del primer mandatario. Ambas decisiones protegen los derechos a la honra y al buen nombre de los afectados, uno de ellos un alto funcionario judicial y el otro un familiar de un líder político de la oposición. En un fallo de segunda instancia, el Consejo de Estado ordenó al presidente retractarse por señalamientos contra Enrique Vargas Lleras, hermano del exvicepresidente Germán Vargas Lleras. El tribunal determinó que Petro vulneró la presunción de inocencia y el principio de veracidad al afirmar que la familia Vargas Lleras, a través de la Nueva EPS, habría ocultado deudas por 5 billones de pesos. La sentencia obliga al presidente a publicar en sus redes sociales y en las de la Presidencia, en un plazo de 48 horas, un mensaje aclarando que dichas afirmaciones "no corresponden a hechos ciertos", el cual deberá permanecer visible por dos meses.
Por otro lado, el Juzgado 54 Administrativo de Bogotá ordenó a Petro rectificar sus declaraciones contra el fiscal Mario Burgos, quien investigó a su hijo, Nicolás Petro. El juez falló una tutela a favor de Burgos, considerando que el presidente vulneró su buen nombre al vincularlo con el narcotráfico en relación con el asesinato del fiscal paraguayo Marcelo Pecci. El fallo exige al presidente publicar una retractación en su cuenta de X, aclarando que no existen sentencias que demuestren dichos vínculos.
Estas decisiones judiciales han sido celebradas por figuras como el exfiscal Francisco Barbosa, quien las considera un triunfo para la independencia de la justicia.
En resumenEl poder judicial ha reafirmado su independencia ordenando al presidente Gustavo Petro retractarse en dos casos emblemáticos: uno por acusaciones contra Enrique Vargas Lleras y otro contra el fiscal Mario Burgos. Los fallos del Consejo de Estado y de un juzgado de Bogotá establecen un límite a las declaraciones del mandatario, protegiendo la honra y la presunción de inocencia como derechos fundamentales.