En esta instancia, el Legislativo podrá revisar, modificar o derogar los decretos expedidos por el Ejecutivo.
Este mecanismo de control político es una pieza fundamental del sistema de frenos y contrapesos, diseñado para impedir el uso autoritario de las facultades excepcionales. Mientras la Corte Constitucional realiza un control jurídico, el Congreso tiene la facultad de ejercer un control político, que es tanto o más definitivo. En esa sesión, el Presidente y sus ministros deberán presentar un informe sobre las razones que motivaron la emergencia y las medidas adoptadas.
El Congreso no solo evaluará la legalidad, sino también la conveniencia y oportunidad de los decretos. Tendrá la potestad de "derogar o modificar" las normas expedidas por el Gobierno, lo que le permitiría, por ejemplo, anular los nuevos impuestos creados por decreto.
Además, el Congreso puede derivar responsabilidades políticas, como mociones de censura a los ministros. Esta convocatoria forzosa, incluso durante el receso, pone a prueba la capacidad de reacción del Legislativo para defender sus fueros y decisiones, como la de haber archivado la reforma tributaria que el Gobierno ahora pretende imponer por una vía excepcional.









