La demanda, interpuesta por los abogados Samuel Ortiz Mancipe y Lucas Durán, argumenta que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no debió conceder la personería jurídica, ni siquiera de forma condicionada, a una coalición conformada por partidos que tenían procesos sancionatorios en curso. Según los demandantes, la Ley 1475 de 2011 prohíbe explícitamente la fusión de partidos en tales circunstancias, y permitirlo podría constituir un "fraude a la Ley", posibilitando que las colectividades evadan responsabilidades. Además, la acción judicial alega que la resolución del CNE tuvo falsa motivación y permitió un uso indebido de los logos de la campaña de 2022. La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió la demanda para su estudio y dio un plazo de 30 días a los partidos involucrados para pronunciarse. Si el fallo fuera favorable a los demandantes, el Pacto Histórico perdería su estatus legal, lo que afectaría su acceso a financiación estatal y su capacidad para presentar listas unificadas. El presidente Gustavo Petro reaccionó enérgicamente, afirmando que "si prohíben la personería jurídica del Pacto Histórico, contra lo que ordena la Constitución, solicito acción inmediata en todos los organismos internacionales de Derechos Humanos y tutela inmediata ante la Corte Constitucional".