La Justicia Penal Militar ya ha abierto una indagación para determinar si los operativos se ajustaron a las normas.
Muerte de menores en bombardeos militares genera crisis política y debate sobre DIH
La muerte de al menos quince menores de edad en bombardeos militares autorizados por el gobierno de Gustavo Petro ha desatado una fuerte controversia nacional. Los operativos, dirigidos contra disidencias de las FARC en Guaviare, Arauca y Amazonas, reabrieron el debate sobre los límites del Derecho Internacional Humanitario (DIH) y la responsabilidad del Estado en la protección de niños, niñas y adolescentes reclutados forzosamente. La controversia escaló tras la confirmación por parte de Medicina Legal y la Defensoría del Pueblo de que entre las víctimas de cuatro operaciones militares realizadas desde agosto se encontraban siete menores en Guaviare, y otros en Arauca y Amazonas, con edades que oscilaban entre los 13 y 17 años. El presidente Gustavo Petro defendió las acciones, argumentando que se actuó bajo “necesidad militar inminente” para proteger a un pelotón de 20 soldados que estaba en riesgo de ser emboscado por un grupo de hasta 150 disidentes. El ministro de Defensa, Pedro Sánchez, respaldó esta postura, lamentando las muertes pero insistiendo en que la responsabilidad recae en los grupos armados que reclutan a los menores. En contraste, la defensora del Pueblo, Iris Marín, calificó el suceso como “doloroso e inhumano” y pidió al presidente suspender los bombardeos, afirmando que “el principio de humanidad debe prevalecer por encima de la guerra”. Este episodio revive el complejo dilema jurídico del DIH, que si bien permite atacar a quienes participan activamente en hostilidades, independientemente de su edad, exige el cumplimiento estricto de los principios de precaución, distinción y proporcionalidad.



Artículos
16Sociedad
Ver más
La Gobernación del Tolima, la Alcaldía de El Espinal y la Fuerza Pública, presentaron oficialmente el Plan 30 de Seguridad; una estrategia integral orientada a fortalecer la seguridad ciudadana mediante el incremento del pie de fuerza, el control territorial focalizado y la presencia institucional en los sectores priorizados del municipio. Durante el acto de lanzamiento, …

¿Desde hoy multan por no usar cinturón de seguridad en el asiento trasero? Vuelve la desinformación magalvis Sáb, 22/11/2025 - 17:02 Autor magalvis Así como sucede con otros temas, periódicamente vuelven a circular mensajes sobre cualquier tema que causan inquietud entre la ciudadanía. Los últimos días volvió a ser sobre las multas por no llevar cinturón en el asiento trasero de un carro, tema que sigue causando confusión entre conductores, que no conocen muchos casos de que esto hubiera ocurrido y por ende creen que no existe tal cosa. Lea también: Peatones también pueden recibir multas de tránsito: andar a pie no lo exime de cumplir las normas El mensaje que ha vuelto a circular indica que "mañana", sin dar una fecha en específico, comienza a regir la multa por no usar ese implemento en el asiento trasero de los carros, y que es necesario tener cuidado al circular. Por eso, Alerta Bogotá le aclara cuál es la realidad al respecto. ¿Hay multa por no llevar cinturón de seguridad en el asiento trasero? Para esclarecer el tema es posible remitirse a la respuesta que dio el Ministerio de Transporte a una consulta ciudadana al respecto, aclarando cómo se aplica la infracción cuando los ocupantes no lo utilizan y precisando que estas reglas no corresponden a una norma nueva, sino a disposiciones que rigen desde hace varios años en el país. El documento recuerda que el uso del cinturón está regulado en el Código Nacional de Tránsito, que establece la obligatoriedad para el conductor y los pasajeros ubicados en los asientos delanteros, tema del que la mayoría de conductores sí son conscientes y cumplen a cabalidad. Vea después: Galán activa patrullaje en bicicleta: se le acaba la fiesta a infractores Pero en esa misma norma también se establece que para los vehículos fabricados a partir del año 2004 se exige de la misma forma el uso de cinturones en los asientos traseros, lo que significa que quienes viajen en esa parte del vehículo deben portarlo siempre que el automotor cuente con este dispositivo instalado. Esto zanja la discusión de tajo: sí es obligatorio el uso de cinturones en asientos traseros de los carros que sean de modelo 2004 o más reciente. Sin embargo, en lo que falla el mensaje de advertencia que se encuentra circulando es en advertirle a la ciudadanía que esto recién entra en vigencia, pues la norma ya lleva varios años.

Asegúrate de que el colegio tenga una visión clara y coherente, acorde a lo que esperas tu hijo pueda aprender, que impulse sus habilidades, talentos y que le pueda abrir puertas. Recuerda que un buen proyecto educativo debe responder a los retos actuales y a los del futuro. Los maestros son el corazón del colegio. […]

El Vaticano no aceptó la dimisión del prelado de Cádiz tras cumplir 75 años en la idea de que los obispos están fuera de toda sospecha





