La administración argumenta que permitir la deducción de las regalías implica que el Estado “subvenciona” parcialmente la explotación de sus propios recursos, reduciendo significativamente el recaudo. Por ello, el decreto ratifica la no deducibilidad “bajo una fórmula técnica que busca ajustarse a los precedentes de la Corte Constitucional”. Sin embargo, expertos en derecho tributario advierten que el margen de maniobra es limitado y que una nueva norma que reproduzca el contenido de la anterior podría ser declarada inconstitucional por cosa juzgada. Adicionalmente, se creó un impuesto temporal del 1 % que grava la primera venta o la exportación de hidrocarburos (petróleo crudo) y carbón. El sector minero-energético ha manifestado su preocupación, advirtiendo que estas medidas podrían afectar la inversión, la estabilidad jurídica y la competitividad del país en un momento de transición energética. El Gobierno, por su parte, sostiene que el interés general y la sostenibilidad fiscal deben prevalecer.

Se estima que solo la recuperación de la no deducibilidad de regalías podría generar un recaudo adicional de hasta 3 billones de pesos. El desenlace de esta controversia probablemente se definirá nuevamente en los estrados judiciales, donde la Corte Constitucional deberá evaluar la viabilidad de la nueva fórmula propuesta por el Ejecutivo.