Este cronograma es una herramienta fundamental para la planificación fiscal en el país y busca ofrecer mayor claridad y previsibilidad a los contribuyentes.
Dentro de las fechas más relevantes, se estipula que la declaración y pago del Impuesto sobre la Renta para personas naturales y sucesiones ilíquidas se extenderá entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT. Para los grandes contribuyentes, el pago de renta se dividirá en tres cuotas, con vencimientos en febrero, abril y junio. Por su parte, las personas jurídicas que no son grandes contribuyentes deberán pagar en dos cuotas iguales, la primera entre el 12 y el 26 de mayo y la segunda entre el 9 y el 23 de julio. El calendario también detalla los plazos para otras obligaciones como el Impuesto sobre las Ventas (IVA), que mantiene su periodicidad bimestral o cuatrimestral según los ingresos del responsable; el Impuesto Nacional al Consumo; la declaración de activos en el exterior para quienes superen las 2.000 UVT; y los pagos del Régimen Simple de Tributación. La DIAN recordó que el cronograma se basa en el Decreto 2229 de 2023, que fija los vencimientos en días hábiles, y recomendó a los contribuyentes consultar las fechas específicas según su NIT para evitar sanciones.










