Este calendario es una herramienta fundamental tanto para personas naturales como jurídicas.
Para las personas naturales y sucesiones ilíquidas, los plazos para presentar la declaración de renta se extenderán entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT. En cuanto a las personas jurídicas no catalogadas como grandes contribuyentes, deberán presentar su declaración y pagar el impuesto sobre la renta en dos cuotas, con vencimientos entre mayo y julio. Por su parte, los grandes contribuyentes cumplirán con esta obligación en tres cuotas distribuidas en febrero, abril y junio. El calendario también detalla los plazos para otras responsabilidades fiscales importantes, como el Impuesto sobre las Ventas (IVA), que tendrá una periodicidad bimestral o cuatrimestral dependiendo de los ingresos del responsable; la retención en la fuente, con vencimientos mensuales; y la declaración de activos en el exterior para quienes superen las 2.000 UVT. La DIAN ha enfatizado la importancia de que los contribuyentes consulten las fechas que les corresponden para evitar sanciones por extemporaneidad.










