Para estos casos, las penas de prisión pueden variar entre tres y siete años y medio, dependiendo del monto defraudado.
Endurecimiento de sanciones penales por evasión de impuestos
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) está intensificando las acciones penales contra los evasores de impuestos, recordando que ciertas conductas fraudulentas pueden acarrear penas de cárcel. La entidad ha denunciado a 1.200 contribuyentes morosos ante la Fiscalía General de la Nación como parte de su estrategia para combatir la evasión. Aunque la DIAN no tiene la facultad de encarcelar directamente a una persona, sí puede iniciar los procesos penales correspondientes ante la justicia. Una de las faltas más comunes que puede llevar a prisión es la omisión del deber de consignar los impuestos retenidos, como el IVA, el Impuesto Nacional al Consumo o la Retención en la Fuente. Cuando un comerciante o empresa cobra estos tributos pero no los transfiere al Estado en los plazos establecidos, se considera una apropiación de recursos públicos, un delito castigado con penas de 48 a 108 meses de prisión (cuatro a nueve años), además de multas. Otras conductas que pueden resultar en procesos penales incluyen la omisión de activos o la inclusión de pasivos inexistentes en la declaración de renta para reducir el impuesto a pagar. Asimismo, se sanciona la no presentación de declaraciones tributarias estando obligado, la omisión de ingresos, la inclusión de gastos falsos o la reclamación de beneficios fiscales improcedentes.


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