El proceso legal no es inmediato. Comienza con notificaciones como el “Emplazamiento para declarar” y, si no hay respuesta, la DIAN emite un “Mandamiento de Pago”. Si el contribuyente no paga ni presenta una oposición válida en 15 días, la entidad está facultada para decretar medidas cautelares de embargo sobre una amplia gama de activos, como cuentas bancarias, inversiones, vehículos e inmuebles. La ley también contempla que los ciudadanos cuya deuda supere los $7.117.500 (cinco salarios mínimos) y tenga más de seis meses de mora sean incluidos en el Boletín de Deudores Morosos del Estado. El enfoque de la DIAN no es únicamente punitivo; la entidad prioriza el contacto proactivo. Según cifras oficiales, en los primeros nueve meses de 2025, el CNC logró que más de 531.000 contribuyentes regularizaran sus deudas a través de llamadas de gestión. Luis Eduardo Llinás Chica, director (e) de la DIAN, destacó que el centro “no sanciona, acompaña”, buscando ofrecer soluciones antes de llegar a instancias más complejas. Este enfoque combina la orientación al ciudadano con la firmeza en la aplicación de la ley para garantizar el recaudo.