Las acciones incluyen el embargo de cuentas bancarias, salarios, inversiones, vehículos y bienes inmuebles para recuperar los recursos adeudados por conceptos como impuestos, sanciones e intereses. El proceso legal para llegar al embargo no es inmediato. Comienza una vez el contribuyente no presenta su declaración o no paga sus obligaciones dentro de los plazos, y posteriormente ignora las notificaciones de la DIAN, como el “Emplazamiento para declarar” y el “Mandamiento de Pago”. Si el deudor no paga ni presenta una defensa válida en los 15 días siguientes al mandamiento, la DIAN está facultada para decretar las medidas cautelares de embargo. Las deudas que pueden originar este procedimiento incluyen el impuesto de renta, IVA, retención en la fuente, deudas aduaneras y las multas asociadas.
Además, los deudores cuya obligación supere los cinco salarios mínimos ($7.117.500) y tenga más de seis meses de mora serán incluidos en el Boletín de Deudores Morosos del Estado.
La ley protege ciertos bienes considerados inembargables, como el salario mínimo legal y las herramientas indispensables para trabajar.
Estas acciones buscan asegurar que los recursos públicos ingresen al sistema fiscal y fortalecer la disciplina tributaria en el país.










