La entidad proyecta que cerca de 6,7 millones de personas naturales están obligadas a presentar su declaración este año. La sanción por extemporaneidad equivale al 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, sin exceder el 100 % del impuesto. En caso de que no haya impuesto a cargo, la multa se calcula sobre el 0,5 % de los ingresos brutos del período. Crucialmente, la normativa establece una sanción mínima que para 2025 es de $498.000, lo que significa que cualquier persona obligada que no declare a tiempo deberá pagar al menos ese monto.
Para facilitar el cumplimiento, la DIAN ha fortalecido su plataforma tecnológica, especialmente el sistema Muisca, e implementado herramientas digitales de apoyo. Entre estas se encuentran la declaración sugerida, el programa “Ayuda Renta” en Excel, y la posibilidad de consultar la información reportada por terceros (exógena) y el reporte de facturación electrónica para calcular deducciones. Además, se han habilitado horarios de atención extendidos en 45 puntos de contacto a nivel nacional para brindar soporte presencial a los contribuyentes.










