Esta medida se alinea con los objetivos del Gobierno de promover una transición energética y una movilidad más sostenible en el país. A través de una reinterpretación normativa, la entidad estableció dos incentivos fiscales principales para los compradores de este tipo de automóviles. El primero es una deducción especial en el impuesto sobre la renta, que permite al contribuyente descontar una parte del valor de la inversión en su declaración anual, lo que reduce la base gravable y, por consiguiente, el impuesto a pagar. El segundo beneficio es la exclusión del Impuesto sobre las Ventas (IVA) en el momento de la compra, lo que representa un ahorro directo y significativo sobre el precio final del vehículo. Es crucial destacar que estas exenciones aplican exclusivamente a personas naturales que adquieran el vehículo para uso personal, y no son extensibles a empresas o para fines comerciales. Para acceder a estos beneficios, es indispensable contar con la certificación emitida por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), la cual valida que el vehículo cumple con los estándares de eficiencia energética y tecnologías limpias establecidos por la ley.
DIAN aclara beneficios tributarios por la compra de vehículos híbridos y eléctricos
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha reafirmado y ampliado los beneficios tributarios para los ciudadanos que adquieran vehículos híbridos o eléctricos para su uso personal.


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