DIAN advierte sobre duras sanciones por errores y evasión en la declaración de renta
En paralelo al debate sobre la nueva reforma tributaria, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha intensificado sus advertencias sobre las graves consecuencias para los contribuyentes que cometan errores, omitan activos o incluyan pasivos inexistentes en su declaración de renta. Las sanciones no solo son económicas, sino que, en casos de evasión dolosa y de alta cuantía, pueden acarrear penas de cárcel. La normativa vigente, reforzada por la reforma tributaria de 2022, establece que la omisión de activos o la inclusión de pasivos falsos puede llevar a penas de prisión que varían según el monto evadido. Por ejemplo, para una evasión igual o superior a 1.000 salarios mínimos ($1.300 millones), la pena puede ser de 48 meses de cárcel. Si el valor de los activos omitidos supera los 5.000 salarios mínimos (cerca de $6.500 millones), las penas se incrementan en la mitad. La sanción por inexactitud, que se aplica cuando la DIAN detecta errores, equivale al 100% de la diferencia entre el saldo a pagar correcto y el declarado por el contribuyente. En casos de omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes, esta sanción puede llegar hasta el 200% del mayor valor del impuesto a cargo. La DIAN también ha recordado que existe una sanción mínima, que para 2025 es de 10 UVT ($497.990), aplicable incluso si el cálculo de la multa resulta inferior. Recientemente, la entidad realizó inspecciones en 14 ciudades donde encontró inconsistencias en solicitudes de devolución de saldos a favor por más de $42.000 millones, lo que llevará a la suspensión del RUT de dichos contribuyentes y al rechazo de sus solicitudes.



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