La normativa vigente establece una serie de gastos que las personas naturales pueden restar de sus ingresos para reducir la base gravable. Entre las deducciones más relevantes se encuentran los intereses pagados por créditos de vivienda, con un tope anual de 1.200 UVT (aproximadamente $56,4 millones). También son deducibles los pagos por salud, como medicina prepagada o seguros, hasta un máximo de 16 UVT mensuales. Otro alivio significativo es la deducción por dependientes económicos (hijos, cónyuge, padres), que puede alcanzar las 32 UVT mensuales, más un valor adicional por cada dependiente.
Además, se permite deducir el 1% del total de compras realizadas con factura electrónica, hasta un límite de 240 UVT al año. Es importante destacar que el Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es 100% deducible si está relacionado con la actividad generadora de renta. Los aportes voluntarios a fondos de pensiones y cuentas de Ahorro para el Fomento a la Construcción (AFC) también reducen la base gravable. Sin embargo, la ley establece un límite global para estas deducciones y rentas exentas, que no puede superar el 40% del ingreso total, con un tope máximo de $63.067.100 para el año gravable 2024.