La DIAN ha aclarado que las transferencias a estas plataformas, incluso desde cuentas propias, se consideran consignaciones y pueden obligar a los usuarios a presentar la declaración de renta. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha confirmado que cada movimiento de dinero hacia una billetera digital cuenta como una consignación adicional. Esta aclaración es de suma importancia, ya que uno de los topes para estar obligado a declarar renta es el monto total de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras acumuladas durante el año gravable. Para la declaración de 2025 (correspondiente al año 2024), este tope se fijó en $65.891.000.
Lo que muchos usuarios desconocen es que esta norma aplica incluso si el dinero transferido proviene de una cuenta bancaria propia. Es decir, el simple acto de pasar fondos de una cuenta de ahorros a Nequi se suma al cálculo total de consignaciones.
La entidad ha destacado que, más que los giros en sí, se tendrá en cuenta si el contribuyente sobrepasó los topes establecidos. Esta situación obliga a los usuarios a ser mucho más rigurosos en el seguimiento de todos sus movimientos financieros, ya que una práctica recurrente y aparentemente inofensiva como la gestión de fondos entre cuentas personales puede, sin que se den cuenta, convertirlos en declarantes de renta ante la DIAN.