Si la declaración no se presenta, la situación se agrava.

La DIAN enviará una notificación de advertencia otorgando un mes adicional para cumplir.

Si el contribuyente persiste en el incumplimiento, se añadirá un recargo del 10% sobre el monto adeudado. En casos de no declaración, la sanción puede ascender al 20% del valor de las consignaciones bancarias o de los ingresos brutos del período, o con base en la última declaración presentada, según el artículo 643 del Estatuto Tributario. Es crucial que los ciudadanos verifiquen si cumplen con alguno de los topes para declarar, como ingresos, patrimonio, compras o consignaciones superiores a 1.400 UVT ($65.891.000 para el año gravable 2024).

Presentar la declaración un solo día después del vencimiento activará automáticamente la sanción mínima, un costo significativo que puede evitarse con una planificación adecuada.