
Corte Constitucional prohíbe corridas de toros, corralejas y peleas de gallos
En una decisión histórica, la Corte Constitucional de Colombia prohibió de manera definitiva las corridas de toros, corralejas, el coleo y las peleas de gallos, extendiendo el alcance de la Ley 2385 de 2024, conocida como “No Más Olé”. La medida representa un cambio cultural significativo y un avance en la protección de los derechos de los animales en el país. El 4 de septiembre de 2025, la Sala Plena de la Corte, con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, declaró de manera unánime la constitucionalidad de la ley que prohíbe las corridas de toros y amplió la restricción a otras actividades que implican maltrato animal. Inicialmente, la ley había excluido corralejas, peleas de gallos y coleo, pero el alto tribunal declaró inexequible el parágrafo que permitía dichas excepciones, argumentando que el mandato constitucional de protección y bienestar animal debe prevalecer sobre las tradiciones culturales. Curiosamente, en una primera comunicación, la Corte incluyó las cabalgatas en la prohibición, pero horas después emitió un boletín aclarando que estas quedaban excluidas de la medida, diferenciándolas de las prácticas consideradas inherentemente violentas. Para facilitar una transición ordenada, la Corte estableció un plazo de tres años, a partir de 2027, para la eliminación total de estas actividades. Este período busca permitir la “reconversión laboral y cultural” de las comunidades y trabajadores que dependen económicamente de estos espectáculos. La senadora animalista Andrea Padilla celebró la decisión como un “espaladarazo invaluable”, mientras que el representante Alejandro García, autor del proyecto, destacó que era el resultado de 15 intentos legislativos. La decisión afecta a municipios como Caucasia, donde a pesar de las advertencias, se seguían realizando corralejas que dejaban personas y animales heridos.



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