
Personería advierte sobre límites legales en la actualización catastral para proteger a contribuyentes
La Personería Distrital de Santa Marta ha emitido una advertencia a la administración municipal sobre el proceso de actualización catastral, exigiendo que se respeten los límites legales para evitar aumentos desproporcionados en el Impuesto Predial. La entidad de control busca proteger el patrimonio de los ciudadanos y garantizar que el proceso se realice de manera justa y transparente. Bajo la dirección de Edwar Fernando Orozco Oñate, la Personería ha recordado que, si bien la actualización catastral con enfoque multipropósito, ordenada por el Decreto 296 de 2025, es un proceso necesario, no puede traducirse en un impacto negativo para los bolsillos de los samarios. La entidad se ampara en la Ley 1995 de 2019 y la Ley 44 de 1990 para señalar los topes máximos de incremento. En un oficio enviado a la Unidad de Catastro y a la Secretaría de Hacienda, el Personero precisó los límites: “para los predios que hayan sido objeto de actualización catastral... será del IPC+8 puntos porcentuales máximo del Impuesto Predial Unificado”. Para los predios no actualizados, el límite será del 50% del monto del año anterior, y para las viviendas de estratos 1 y 2 con avalúo de hasta 135 SMLV, el incremento no podrá sobrepasar el 100% del IPC. Además, Orozco Oñate enfatizó el derecho de los propietarios a solicitar la revisión del avalúo si lo consideran incorrecto, para lo cual pueden aportar pruebas y la autoridad catastral tiene un plazo de tres meses para resolver. “Queremos que la ciudadanía sepa que la actualización catastral no es sinónimo de un aumento desmedido en el impuesto. La Ley protege a los contribuyentes”, señaló el Personero, quien aseguró que la entidad seguirá vigilante para garantizar el equilibrio entre las necesidades fiscales del Distrito y los derechos de los ciudadanos.


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