El proceso de cobro coactivo se desarrolla en varias etapas, como se evidencia en los documentos oficiales.

Primero, se detectan las infracciones, a menudo mediante “medios técnicos y/o tecnológicos”, como las fotomultas.

Posteriormente, si el pago no se realiza voluntariamente, la Secretaría emite mandamientos de pago para iniciar formalmente el proceso de cobro. Finalmente, si el deudor persiste en el incumplimiento, se ordena “seguir adelante con la ejecución” y se decreta el embargo de bienes o cuentas bancarias. Esta facultad de cobro está respaldada por la Ley 769 de 2002, la Ley 1383 de 2010 y el Estatuto Tributario Municipal. La publicación constante de estas resoluciones evidencia un esfuerzo sistemático por parte de la administración para reducir la cartera morosa, recuperar recursos públicos que son fundamentales para el presupuesto municipal y, a su vez, reforzar la autoridad y el cumplimiento de las normas de tránsito para mejorar la seguridad vial en Cúcuta. El alto volumen de notificaciones sugiere una problemática extendida de multas impagas y una respuesta administrativa robusta para enfrentarla.