a 8:30 a.m., de 11:30 a.m. a 2:30 p.m., y de 5:30 p.m. a 7:30 p.m.

En contraste, los vehículos con placas nacionales o extranjeras enfrentan una restricción continua desde las 7:00 a.m. hasta las 8:00 p.m.

La medida para carros particulares y motocicletas rota de manera trimestral según el último dígito de la placa.

Por su parte, los taxis también tienen una restricción horaria extendida, de 7:00 a.m. a 8:00 p.m., pero su rotación de placas es diaria.

El incumplimiento de esta normativa conlleva una sanción económica significativa, que corresponde a quince (15) Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes (SMLDV), además de la posible inmovilización del vehículo.

Las autoridades recomiendan a los ciudadanos mantenerse informados constantemente sobre los cambios en la rotación para evitar multas y contribuir a la movilidad de la ciudad.