a 8:30 a.m., de 11:30 a.m. a 2:30 p.m., y de 5:30 p.m. a 7:30 p.m.

Los dígitos restringidos rotan, abarcando dos terminaciones de placa por día, como por ejemplo lunes para 1 y 2, y martes para 3 y 4.

En contraste, los vehículos con placas nacionales y extranjeras enfrentan una restricción continua desde las 7:00 a.m. hasta las 8:00 p.m.

El servicio de transporte público individual tipo taxi también tiene su propio reglamento, con una restricción que va de 7:00 a.m. a 8:00 p.m.

y afecta a un dígito de placa diferente cada día de la semana. Las autoridades de tránsito recuerdan permanentemente a la ciudadanía que el incumplimiento de esta normativa acarrea una sanción económica significativa, correspondiente a quince (15) Salarios Mínimos Legales Diarios Vigentes (SMLDV), además de la inmovilización del vehículo. La rotación de los dígitos para vehículos particulares se realiza de manera trimestral, mientras que para los taxis es diaria, lo que obliga a los conductores a mantenerse actualizados para evitar multas.