Con este fallo, la restricción vehicular volvió a ser unificada.

La medida rige bajo el mismo esquema de Bucaramanga: de lunes a viernes de 6:00 a. m. a 8:00 p. m., y los sábados de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. La rotación para el último trimestre del año es: lunes para placas terminadas en 3 y 4; martes, 5 y 6; miércoles, 7 y 8; jueves, 9 y 0; y viernes, 1 y 2.

Los sábados también tienen una rotación definida.

El incumplimiento de la norma acarrea una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente $711.000, además de la inmovilización del vehículo. La reimplementación ha reavivado el debate ciudadano entre quienes la consideran necesaria para el orden vial y la lucha contra la piratería, y quienes la ven como una vulneración de derechos individuales sin suficiente soporte técnico.