Cualquier persona o entidad que desee instalar una valla debe solicitar un permiso previo, cuya viabilidad será evaluada conforme al Plan de Ordenamiento Territorial (P.O.T.). Carlos Javier Guerrero, funcionario a cargo, explicó que la ubicación de la publicidad está sujeta a la Ley 140 y al acuerdo municipal 026 de 2018, lo que significa que “no en cualquier parte se puede instalar publicidad exterior”. La instalación ilegal de estos elementos puede acarrear multas que oscilan entre 1.5 y 40 salarios mínimos legales vigentes.

Las sanciones administrativas pueden recaer sobre el responsable de la valla, el propietario del predio donde se ubica o el anunciante. Este recordatorio de la normativa cobra especial relevancia en el contexto de la próxima contienda electoral atípica para la Alcaldía, un periodo en el que tradicionalmente aumenta la instalación de este tipo de publicidad. La administración municipal insta a los interesados a gestionar los permisos correspondientes a través de sus canales oficiales para evitar sanciones y contribuir al orden visual de Bucaramanga.