La decisión busca ordenar la movilidad en el área metropolitana, aunque su implementación revive el debate sobre su efectividad para solucionar la congestión vehicular. La medida fue restablecida después de que el Consejo de Estado revocara una decisión judicial de diciembre de 2024 que había suspendido su aplicación en toda el área metropolitana. La nueva normativa, contenida en la Resolución 017 de enero de 2025, establece una rotación trimestral de dígitos para vehículos particulares y motocicletas. Para el trimestre de octubre a diciembre, la restricción aplicará de lunes a viernes, entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m., bajo el siguiente esquema: lunes para placas terminadas en 3 y 4; martes, 5 y 6; miércoles, 7 y 8; jueves, 9 y 0; y viernes, 1 y 2.
Adicionalmente, se implementará una restricción los sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m., con una rotación semanal de los dígitos. Las autoridades han advertido que el incumplimiento de la norma acarreará una multa equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente 711.000 pesos, además de la inmovilización del vehículo. La unificación de la medida en los cuatro municipios busca crear una estrategia de movilidad coherente para la conurbación, con el objetivo de reducir los altos niveles de congestión y la contaminación ambiental generada por el denso flujo vehicular diario.