del día siguiente.
La decisión se fundamenta en las alarmantes cifras de siniestralidad vial. Según reportes de 2025, de las 95 víctimas fatales en accidentes de tránsito en la ciudad, 53 eran motociclistas (43 conductores y 10 pasajeros), lo que representa el 56% del total. Las principales causas identificadas son el exceso de velocidad y el no respeto a las señales de tránsito. La secretaria de Tránsito, Yaciris Cantillo Romero, enfatizó que la prioridad es “proteger la vida de todos los actores viales”. El decreto contempla una excepción que permite la circulación nocturna si la motocicleta es conducida por su propietario, quien debe presentar la licencia de tránsito. El incumplimiento de la norma, codificado como infracción C.14, conlleva una multa de quince salarios mínimos legales diarios vigentes ($603.939) y la inmovilización del vehículo. Adicionalmente, se mantiene la prohibición de circulación de menores de 12 años y mujeres embarazadas en motocicletas, así como la restricción permanente en las vías del sistema Transmetro, como la calle 45 (Avenida Murillo).








