La convivencia con mascotas en conjuntos residenciales y edificios sigue siendo un tema de debate en Colombia, pero la normativa y la jurisprudencia han establecido límites claros. Si bien los reglamentos internos no pueden prohibir de manera absoluta la tenencia de animales, los dueños deben cumplir con deberes específicos para garantizar una convivencia armónica, cuyo incumplimiento puede acarrear multas significativas. La discusión sobre los derechos de los arrendatarios y propietarios de mascotas en propiedades horizontales ha sido abordada por la Corte Constitucional. En la Sentencia T-035 de 1997, el alto tribunal reconoció que la tenencia de animales domésticos se relaciona con derechos fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad y la intimidad.
Por lo tanto, aunque estos derechos no son absolutos, no pueden ser suprimidos mediante prohibiciones totales en los reglamentos de copropiedad.
Esta línea fue reforzada por la Ley 675 de 2001, que faculta a las asambleas para regular la convivencia, pero sin desconocer los derechos constitucionales. Recientemente, la Corte analizó el caso de una mujer que fue multada por usar el ascensor con su perro, estableciendo que las sanciones deben ser proporcionales y no pueden basarse en prohibiciones generales.
Sin embargo, la tenencia responsable es una obligación legal.
Los dueños deben cumplir normas sanitarias, controlar ruidos, recoger excrementos y usar elementos de seguridad como correas o bozales en zonas comunes. El incumplimiento de estas normas de convivencia sí puede generar sanciones económicas, que según la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana), pueden alcanzar multas de hasta $711.750.
En resumenEn Colombia, la ley protege el derecho a tener mascotas en propiedades horizontales, pero exige a los dueños una tenencia responsable. Los reglamentos no pueden prohibir la presencia de animales, pero sí regular su comportamiento en áreas comunes para asegurar la sana convivencia, y el incumplimiento de estas normas puede derivar en sanciones económicas para los propietarios.