El Consejo de Estado emitió un fallo contundente que ordena la suspensión inmediata de las operaciones de un helipuerto turístico junto a la Piedra del Peñol y la reubicación de otro en un plazo de seis meses. La decisión protege los derechos colectivos de los habitantes de Guatapé al goce de un ambiente sano, la tranquilidad y la seguridad, que se veían vulnerados por el ruido constante de los helicópteros. La sentencia confirma un fallo previo del Tribunal Administrativo de Antioquia, que atendió una demanda de más de 1.000 ciudadanos de veredas como La Piedra, El Trébol y Palestina. El alto tribunal ordenó el cese de actividades del helipuerto conocido como "La Piedra" y dio un plazo de seis meses a las empresas Helitours S.A.S.
y Helisur S.A.S.
para trasladar el helipuerto ubicado en el Hotel Los Recuerdos a una zona compatible con el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Guatapé. Si no cumplen en el plazo establecido, este segundo helipuerto será clausurado definitivamente.
La decisión se fundamentó en mediciones de la Corporación Autónoma Regional (Cornare), que demostraron que los niveles de ruido superaban los límites permitidos para zonas residenciales, alcanzando hasta 79,7 decibeles, con picos reportados por residentes de más de 93 dB. El Consejo de Estado argumentó que, al ser operaciones permanentes, debían ser tratadas como fuentes fijas de ruido.
La Aeronáutica Civil no podrá otorgar nuevos permisos para el helipuerto suspendido hasta que se cumpla lo ordenado por la justicia.
En resumenEn una decisión definitiva, el Consejo de Estado frenó las operaciones de helipuertos turísticos en la Piedra del Peñol, Guatapé, debido al impacto negativo del ruido en la comunidad. El fallo ordena la suspensión de un helipuerto y la reubicación de otro, sentando un precedente importante sobre la prevalencia de los derechos colectivos frente a actividades turísticas que afectan la calidad de vida de los residentes.