Cumplir a tiempo con esta obligación es fundamental para evitar sanciones, cuya multa mínima por extemporaneidad para 2025 asciende a $498.000.
Durante esta semana, los contribuyentes cuyos dos últimos dígitos del NIT finalicen entre 27 y 36 deberán presentar su declaración.
El calendario específico es: 1 de septiembre para NIT terminados en 27 y 28; 2 de septiembre para 29 y 30; 3 de septiembre para 31 y 32; 4 de septiembre para 33 y 34; y 5 de septiembre para 35 y 36. Es crucial recordar que la obligación de declarar se determina con base en los topes del año gravable 2024, utilizando el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) de ese año, que fue de $47.065. Así, una persona debe declarar si su patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2024 superó los 4.500 UVT ($211.793.000), o si sus ingresos brutos, consumos con tarjeta de crédito, compras o consignaciones bancarias acumuladas excedieron las 1.400 UVT ($65.891.000). El incumplimiento no solo acarrea la sanción mínima, sino también intereses de mora por cada día de retraso. La DIAN puede duplicar las sanciones si el contribuyente no presenta la declaración tras recibir un emplazamiento oficial. Para facilitar el proceso, la entidad ha dispuesto herramientas de asistencia virtual y guías en su portal web, y recomienda no dejar el trámite para última hora para evitar la congestión de la plataforma.