El alto tribunal determinó que Beltrán, quien fue avalado por el partido Colombia Justa Libres, apoyó públicamente a varios candidatos al concejo de Bucaramanga que pertenecían a otras colectividades, como el Centro Democrático, el Partido Conservador y el Partido de la U. Esta conducta está prohibida por la ley electoral, que impide a los candidatos respaldar aspirantes de partidos distintos al que les otorgó el aval. El fallo de 90 páginas detalla que se acreditaron todos los elementos de la prohibición, lo que vicia de nulidad su elección. La decisión es definitiva y contra ella no procede ningún recurso ordinario, por lo que el expediente será devuelto al tribunal de origen para su ejecución. Tras conocerse la noticia, Beltrán manifestó en sus redes sociales que seguirá “en pie de lucha por la ciudad hasta que el fallo del Consejo de Estado esté en firme”, asegurando que la seguridad de los ciudadanos será su prioridad “hasta el final”. La salida de Beltrán del cargo obliga a la Registraduría Nacional a organizar un nuevo proceso electoral en la ciudad en los próximos meses. Mientras tanto, se deberá designar un alcalde encargado para administrar la ciudad durante el periodo de transición, abriendo un nuevo capítulo de incertidumbre política en la capital de Santander.
Consejo de Estado anula elección del alcalde de Bucaramanga por doble militancia
La Sección Quinta del Consejo de Estado confirmó la nulidad de la elección de Jaime Andrés Beltrán como alcalde de Bucaramanga para el periodo 2024-2027, al encontrar que incurrió en doble militancia durante las elecciones regionales de 2023. Esta decisión ratifica un fallo previo del Tribunal Administrativo de Santander y deja a la capital santandereana sin alcalde electo, obligando a la convocatoria de elecciones atípicas.



Artículos
5Sociedad
Ver más
La Gobernación del Tolima, la Alcaldía de El Espinal y la Fuerza Pública, presentaron oficialmente el Plan 30 de Seguridad; una estrategia integral orientada a fortalecer la seguridad ciudadana mediante el incremento del pie de fuerza, el control territorial focalizado y la presencia institucional en los sectores priorizados del municipio. Durante el acto de lanzamiento, …

¿Desde hoy multan por no usar cinturón de seguridad en el asiento trasero? Vuelve la desinformación magalvis Sáb, 22/11/2025 - 17:02 Autor magalvis Así como sucede con otros temas, periódicamente vuelven a circular mensajes sobre cualquier tema que causan inquietud entre la ciudadanía. Los últimos días volvió a ser sobre las multas por no llevar cinturón en el asiento trasero de un carro, tema que sigue causando confusión entre conductores, que no conocen muchos casos de que esto hubiera ocurrido y por ende creen que no existe tal cosa. Lea también: Peatones también pueden recibir multas de tránsito: andar a pie no lo exime de cumplir las normas El mensaje que ha vuelto a circular indica que "mañana", sin dar una fecha en específico, comienza a regir la multa por no usar ese implemento en el asiento trasero de los carros, y que es necesario tener cuidado al circular. Por eso, Alerta Bogotá le aclara cuál es la realidad al respecto. ¿Hay multa por no llevar cinturón de seguridad en el asiento trasero? Para esclarecer el tema es posible remitirse a la respuesta que dio el Ministerio de Transporte a una consulta ciudadana al respecto, aclarando cómo se aplica la infracción cuando los ocupantes no lo utilizan y precisando que estas reglas no corresponden a una norma nueva, sino a disposiciones que rigen desde hace varios años en el país. El documento recuerda que el uso del cinturón está regulado en el Código Nacional de Tránsito, que establece la obligatoriedad para el conductor y los pasajeros ubicados en los asientos delanteros, tema del que la mayoría de conductores sí son conscientes y cumplen a cabalidad. Vea después: Galán activa patrullaje en bicicleta: se le acaba la fiesta a infractores Pero en esa misma norma también se establece que para los vehículos fabricados a partir del año 2004 se exige de la misma forma el uso de cinturones en los asientos traseros, lo que significa que quienes viajen en esa parte del vehículo deben portarlo siempre que el automotor cuente con este dispositivo instalado. Esto zanja la discusión de tajo: sí es obligatorio el uso de cinturones en asientos traseros de los carros que sean de modelo 2004 o más reciente. Sin embargo, en lo que falla el mensaje de advertencia que se encuentra circulando es en advertirle a la ciudadanía que esto recién entra en vigencia, pues la norma ya lleva varios años.

Asegúrate de que el colegio tenga una visión clara y coherente, acorde a lo que esperas tu hijo pueda aprender, que impulse sus habilidades, talentos y que le pueda abrir puertas. Recuerda que un buen proyecto educativo debe responder a los retos actuales y a los del futuro. Los maestros son el corazón del colegio. […]

El Vaticano no aceptó la dimisión del prelado de Cádiz tras cumplir 75 años en la idea de que los obispos están fuera de toda sospecha





