Mediante el Auto 2025-01-844296, el juez concursal decretó un blindaje para los activos de Canacol Energy Colombia S.A.S.

y otras tres de sus subsidiarias. El objetivo principal es evitar que eventuales embargos o demandas de ejecución individuales comprometan la operación y el flujo de ingresos de la empresa. Entre las medidas decretadas se encuentra la prohibición de admitir o continuar procesos de cobro en contra de las deudoras, incluyendo la ejecución de garantías reales y mobiliarias. Asimismo, se suspenden todos los procesos de ejecución existentes y se ordena que las cuentas bancarias de las compañías queden a su disposición sin limitaciones cautelares. Adicionalmente, se prohíbe la terminación unilateral de contratos por parte de terceros. Según el superintendente de Sociedades, Billy Escobar, estas medidas cautelares aseguran la armonización de la normativa nacional con estándares internacionales y son equivalentes a las aplicadas en procesos internos para salvaguardar el patrimonio del deudor. Las medidas tendrán un carácter transitorio y estarán vigentes hasta que se tome una decisión sobre el reconocimiento del proceso de insolvencia extranjero que la compañía adelanta en otras jurisdicciones.