Según las condiciones del programa, al portar su línea a otro operador, el usuario perdía el beneficio.

Sin embargo, Claro interpretó esta condición como una "supuesta mora" o deuda, utilizando este argumento para rechazar las solicitudes de cambio de operador. La SIC concluyó que esta interpretación era errónea, ya que la pérdida del beneficio no constituye una obligación monetaria pendiente, y que la conducta de la empresa impuso barreras injustificadas que afectaron un derecho fundamental de los consumidores en el sector de las telecomunicaciones. La compañía de telecomunicaciones ha manifestado que no está de acuerdo con la decisión y que hará uso de los recursos legales disponibles. Claro aseguró que, durante la investigación, presentó argumentos y pruebas para desvirtuar los cargos y que apelará la sanción, confiando en que la autoridad revoque la medida inicial.