Esta reforma busca otorgar mayores garantías a los aprendices, aunque persisten vacíos normativos.
La nueva ley establece que, si bien el aprendiz no es un trabajador ordinario, sí tiene derecho a la afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social y a recibir prestaciones. Para reglamentar esto, el Ministerio del Trabajo y el de Salud emitieron la Resolución 2064 de 2025, que ajusta la forma en que se realizan los aportes a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Los cambios más significativos incluyen la creación de un nuevo tipo de cotizante (“19 - Aprendiz en etapa lectiva Ley 2466 de 2025”) y la obligación de que durante la etapa productiva o de formación dual se utilice el tipo de cotizante “1 - Dependiente”, lo que implica aportes completos a salud, pensión, riesgos laborales y parafiscales. Según Ana Puentes, asociada de la firma Godoy, esta normativa aclara los procedimientos pero deja vacíos, por ejemplo, sobre cómo calcular la base de cotización para aprendices que reciben apoyos superiores a un salario mínimo. Las empresas deben ahora revisar y ajustar sus procesos internos de liquidación de aportes desde agosto y octubre de 2025 para cumplir con la nueva regulación y evitar sanciones.












