Esta actualización responde a una realidad alarmante: un informe de Función Pública reveló que el 42 % de las denuncias por acoso provienen de agresiones entre colegas. La nueva normativa tipifica ocho comportamientos específicos, entre los que destacan la hostilidad digital (mensajes agresivos fuera de horario o el uso de emojis para ridiculizar) y la exclusión intencional, como sacar a un empleado de un grupo de WhatsApp laboral.
Otras conductas sancionables incluyen burlas, propagación de rumores, obstrucción del trabajo y las llamadas “bromas pesadas”. Para denunciar, se recomienda documentar todas las pruebas (capturas de pantalla, correos) y acudir al Comité de Convivencia Laboral de la empresa, que tiene un plazo máximo de 65 días para tramitar la queja. Si no hay respuesta, el trabajador puede escalar el caso a la Inspección de Trabajo.













