El marco legal principal es el artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), que define las compensaciones económicas que un empleador debe pagar al terminar un contrato de manera unilateral y sin una razón legal válida. Para contratos a término indefinido, la indemnización varía según el salario y la antigüedad del trabajador, partiendo de un mínimo de treinta días de salario para quienes ganan hasta 10 SMMLV y veinte días para quienes superan ese monto. En contratos a término fijo, la indemnización corresponde al valor de los salarios del tiempo que faltaba para cumplir el plazo pactado. Más allá de la indemnización, el empleador debe pagar salarios pendientes y todas las prestaciones sociales. La aplicación de estas normas se vuelve crítica en situaciones de conflicto laboral, como la denunciada en Acacías, donde trabajadores de la empresa OMIA, contratista de Ecopetrol, fueron presuntamente desvinculados de manera injustificada, priorizando personal foráneo sobre la mano de obra local. Los líderes de la protesta señalan una posible injerencia de Ecopetrol en los despidos, lo que vulneraría los derechos laborales. A esto se suma la investigación iniciada por el Ministerio de Trabajo en el Hospital Universitario Clínica San Rafael por posibles despidos relacionados con afiliaciones sindicales, lo que atentaría contra la libertad sindical protegida por el artículo 354 del CST.