La Corte determinó que el despido fue discriminatorio y vulneró sus derechos fundamentales. En su fallo, el alto tribunal recordó las seis garantías establecidas en la Sentencia SU-075 de 2018: 1) La prohibición general de despido por motivo de embarazo o lactancia. 2) La necesidad de una autorización previa del Inspector de Trabajo para cualquier desvinculación. 3) La presunción de que todo despido durante este periodo es discriminatorio. 4) El derecho a una indemnización especial de 60 días de salario si se comprueba el despido por esta causa. 5) El pago de la licencia no disfrutada. 6) La nulidad de cualquier despido comunicado durante los periodos de descanso protegidos. La Corte también ordenó a la empresa el reintegro de la trabajadora y la adecuación de un espacio digno para la extracción y conservación de la leche materna, sentando un precedente claro para los empleadores sobre sus obligaciones.