La Corte determinó que el despido fue discriminatorio y vulneró sus derechos fundamentales. En su fallo, el alto tribunal recordó las seis garantías establecidas en la Sentencia SU-075 de 2018: 1) La prohibición general de despido por motivo de embarazo o lactancia. 2) La necesidad de una autorización previa del Inspector de Trabajo para cualquier desvinculación. 3) La presunción de que todo despido durante este periodo es discriminatorio. 4) El derecho a una indemnización especial de 60 días de salario si se comprueba el despido por esta causa. 5) El pago de la licencia no disfrutada. 6) La nulidad de cualquier despido comunicado durante los periodos de descanso protegidos. La Corte también ordenó a la empresa el reintegro de la trabajadora y la adecuación de un espacio digno para la extracción y conservación de la leche materna, sentando un precedente claro para los empleadores sobre sus obligaciones.
Corte Constitucional reafirma las seis garantías del fuero de maternidad, incluyendo el periodo de lactancia
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-333 de 2025, ha reiterado la robusta protección que ampara a las trabajadoras en estado de embarazo y durante el periodo de lactancia, reafirmando las seis garantías fundamentales que componen el fuero de maternidad. Esta decisión subraya que la protección laboral reforzada no se limita únicamente a la gestación, sino que se extiende hasta la finalización de la lactancia, en defensa de los derechos de la mujer y del interés superior del menor. El pronunciamiento se originó a raíz del caso de una mujer de 29 años que fue despedida mientras se encontraba en periodo de lactancia de su hijo de 16 meses.

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