La protección de los derechos de las trabajadoras domésticas en Colombia ha sido fortalecida mediante pronunciamientos de la Corte Constitucional y las nuevas disposiciones de la reforma laboral, que exigen su formalización y el pago completo de sus prestaciones sociales. La Corte Constitucional ha reiterado la obligación ineludible de los empleadores de afiliar a los trabajadores domésticos al Sistema General de Seguridad Social, subrayando que el incumplimiento de esta norma vulnera directamente sus derechos fundamentales. Un fallo reciente ordenó a una exempleadora pagar el 50 % del salario mínimo a una trabajadora de 72 años que laboró durante 18 años sin seguridad social, mientras un juez laboral define su caso.
Estas garantías se ven reforzadas por la Ley 2466 de 2025, que establece la obligatoriedad de suscribir un contrato laboral por escrito, incluso para quienes trabajan por días. Dicho contrato debe incluir el pago de prestaciones sociales como cesantías, primas, vacaciones y recargos por dominicales, festivos y horas extra. Con el salario mínimo de 2025 fijado en $1.423.500 y un auxilio de transporte de $200.000, el valor diario de referencia es de $54.117.
Sin embargo, se reconoce que trabajadoras con más experiencia suelen acordar tarifas superiores, cercanas a los $70.000.
Independientemente de la modalidad de contratación, el empleador debe asumir los aportes a salud, pensión y riesgos laborales, un paso crucial para la dignificación y formalización de este sector.
En resumenLa legislación colombiana, a través de la Reforma Laboral y fallos de la Corte Constitucional, exige la formalización del trabajo doméstico. Los empleadores deben garantizar la afiliación a seguridad social y un contrato que incluya el pago de prestaciones sociales, incluso para trabajadoras por días, para proteger los derechos de este sector.