Según la nueva normativa, que modifica el Código Sustantivo del Trabajo (CST), los contratos a término fijo seguirán siendo válidos, pero solo bajo condiciones específicas: deben celebrarse por escrito, no pueden superar los cuatro años de duración y deben estar justificados para labores ocasionales, accidentales o transitorias.
De manera similar, el contrato por obra o labor debe especificar claramente la tarea a desarrollar; si el trabajador continúa prestando servicios tras finalizar la obra, su contrato se entenderá como indefinido desde el inicio.
Por otro lado, la reforma también introduce mayores garantías para los trabajadores en los procesos disciplinarios que puedan derivar en multas económicas. La ley ahora exige que el empleador comunique por escrito la apertura del proceso, especifique los hechos investigados y ponga a disposición del trabajador todas las pruebas. El empleado tendrá un plazo no inferior a cinco días para presentar sus descargos, garantizando el derecho a la defensa y la contradicción.
La abogada María Fernanda Ardila explicó que la ley busca evitar abusos, obligando a las empresas a "documentar y justificar cada etapa del proceso". Además, cualquier sanción impuesta deberá ser proporcional a la gravedad de la falta.