El contrato a término fijo no desaparece, pero su uso queda restringido: debe celebrarse por escrito, su duración no puede superar los cuatro años y solo debe utilizarse para labores ocasionales, accidentales o transitorias. De manera similar, el contrato por obra o labor debe especificar claramente la tarea a desarrollar y celebrarse por escrito. Una cláusula importante señala que si la obra finaliza y el trabajador continúa prestando servicios, se entenderá que su contrato fue a término indefinido desde el inicio. La reforma también trae cambios en los procesos sancionatorios contra los empleados, exigiendo un debido proceso más riguroso por parte de las empresas, como la comunicación por escrito de la apertura del proceso y un plazo para que el trabajador presente su defensa. El objetivo de estos cambios es promover la formalización y la estabilidad, aunque representa un desafío para las empresas, que deberán ajustar sus prácticas de contratación y asumir mayores compromisos.
