El Gobierno Nacional ha expedido un decreto que reglamenta el uso médico y veterinario del cannabis como producto terminado, autorizando su venta bajo prescripción médica en droguerías y farmacias del país. Esta medida representa un avance significativo en el acceso a tratamientos para miles de pacientes y busca fortalecer la industria nacional. El Decreto 1138 de 2025, firmado por el Ministerio de Salud, reconoce la flor seca de cannabis como un producto terminado, lo que simplifica su comercialización sin necesidad de transformación industrial. La nueva normativa establece que el Fondo Nacional de Estupefacientes, el Ministerio de Justicia, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y el Invima ejercerán un estricto control sobre el cultivo, la transformación y la distribución para garantizar la trazabilidad y seguridad del producto.
Con esta regulación, los pacientes con fórmula médica podrán adquirir el cannabis directamente en establecimientos autorizados.
El decreto también busca beneficiar a pequeños y medianos cultivadores, facilitando el acceso a licencias de cultivo e implementando programas de apoyo para el comercio de sus productos. Colombia, que ya había legalizado el uso medicinal de derivados del cannabis en 2016 y la exportación de la flor seca en 2021, se alinea ahora con otros países que permiten la dispensación de la flor para uso terapéutico en el mercado interno. Los Ministerios de Salud y Justicia tienen un plazo de cinco meses para expedir la reglamentación detallada que habilitará la venta, definiendo los parámetros que deberán cumplir los establecimientos para su comercialización.
En resumenMediante un nuevo decreto, el Gobierno colombiano ha legalizado la venta de cannabis medicinal en flor en farmacias, bajo fórmula médica. La medida busca mejorar el acceso de los pacientes a tratamientos, regular la industria y apoyar a los pequeños cultivadores, consolidando un marco legal para el uso terapéutico del cannabis en el país.