Cualquier despido en este periodo se presumirá discriminatorio, a menos que el empleador obtenga autorización del Ministerio del Trabajo.

Esta decisión se basó en el caso de una mujer despedida a los 16 meses de nacido su hijo. La Corte ordenó su reintegro y estableció que las empresas deben acondicionar espacios seguros para la extracción de leche y garantizar la seguridad social de la madre y su hijo.