La Liga había modificado su reglamento para restringir la participación en la categoría femenina a personas “nacidas como mujeres”. La Sala Octava de Revisión de la Corte consideró que esta medida vulneró los derechos a la igualdad, la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad y el acceso al deporte de la atleta. El alto tribunal argumentó que “no existe certeza científica definitiva sobre ventajas competitivas de las mujeres trans respecto a las deportistas cisgénero”, y que factores como la composición corporal, el entrenamiento y la terapia hormonal influyen en el rendimiento.

Además, destacó que la exclusión total sin un análisis individualizado lesiona gravemente los derechos fundamentales.

La Corte ordenó a la Liga Antioqueña de Voleibol reintegrar a la jugadora y eliminar cualquier restricción plena contra mujeres trans en su reglamento.

También vinculó al Ministerio del Deporte para que acompañe el proceso y verifique que otras ligas cumplan con los principios constitucionales de inclusión e igualdad.