Esta es la primera sentencia que emite la JEP en el macrocaso 03, que investiga las ejecuciones extrajudiciales a nivel nacional.

Los doce condenados, entre oficiales, suboficiales y soldados profesionales, pertenecían al Batallón de Artillería No. 2 ‘La Popa’ de Valledupar y cometieron los crímenes entre enero de 2002 y julio de 2005 en los departamentos de Cesar y La Guajira. Las víctimas eran mayoritariamente campesinos, personas en situación de vulnerabilidad y miembros de los pueblos indígenas Kankuamo y Wiwa. La JEP documentó dos patrones criminales: una alianza con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) para obtener víctimas, y el asesinato de personas vulnerables engañadas con falsas promesas.

Dado que los comparecientes aceptaron su responsabilidad, las sanciones no son carcelarias, sino restaurativas, con descuentos por tiempo ya cumplido en la justicia ordinaria.

Los proyectos incluyen la construcción de un mausoleo con 700 osarios en Valledupar, obras de infraestructura para comunidades indígenas y proyectos de memoria. Los sancionados tendrán su libertad restringida, deberán residir en Valledupar y serán monitoreados por la JEP y la Misión de Verificación de la ONU. El magistrado Alejandro Ramelli, presidente de la JEP, destacó que estos crímenes "quebrantaron los valores más sagrados de nuestra democracia" y que la sentencia busca superar el negacionismo histórico.